Da 2 Prevención, Calidad y Control Ambiental de Actividades
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»D.A. 2ª. Tramitación electrónica
Vigente
1. Las administraciones públicas deberán habilitar los medios necesarios para posibilitar que los procedimientos administrativos y las obligaciones de información previstas en esta ley se lleven a cabo por vía electrónica.
2. Las administraciones públicas adoptarán las medidas necesarias e incorporaran en sus respectivos ámbitos, las tecnologías precisas para garantizar la interoperabilidad de los distintos sistemas, de acuerdo con la disposición adicional primera de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-07-2014 en vigor desde 20-08-2014