Da 2 Presupuestos 2011 Navarra
D.A. 2ª.-Modificación de la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Publica de Navarra.
Uno. Se modifica el apartado 3 del artículo 44 de la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Publica de Navarra que queda redactado en los siguientes términos:
"3 Dentro del capítulo de gastos de personal, el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior podrá autorizar todos aquellos movimientos presupuestarios que deriven de traslados, coberturas de plazas, modificaciones de plantilla y alteraciones en las situaciones administrativas o retributivas. Dichos movimientos presupuestarios no tendrán, a los efectos de esta Ley Foral, la consideración de transferencias de créditos."
Dos. Se adicionan los siguientes apartados al artículo 45 de la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Publica de Navarra:
"4. El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior podrá autorizar transferencias entre créditos de capítulo I correspondientes a diferentes programas de un mismo o distinto departamento.
5. Cualquier modificación presupuestaria que afecte a créditos de capítulo I, deberá contar con el preceptivo informe de la Dirección General de Función Pública."