Da 2 Patrimonio de Cantabria
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DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA. Competencias respecto del suelo destinado a la implantación de industrias.

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Respecto del suelo destinado a la implantación de industrias en Cantabria, corresponden a la Consejería de Industria, Trabajo y Desarrollo Tecnológico las mismas competencias que la presente Ley atribuye a la Consejería de Economía y Hacienda, de conformidad con los procedimientos en ella previstos y con los reglamentos que al efecto se dicten.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-04-2006 en vigor desde 28-04-2006