Da 2 Memoria Histórica y Democrática de Cantabria
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»D.A. 2ª. Retirada de simbología contraria a la memoria histórica y democrática
Vigente
En el plazo máximo de 12 meses a partir de la entrada en vigor de esta Ley deberá procederse a la retirada o eliminación de los elementos a que se refiere el artículo 30. En caso contrario, la Consejería competente en materia de memoria histórica y democrática incoará de oficio el procedimiento previsto en el mismo artículo para la retirada de dichos elementos.