Da 2 Medidas Fiscales, Ad...or Público

Da 2 Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público

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D.A. 2ª. Reordenación de las empresas públicas con forma de sociedad mercantil

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1. Los Consejos de Administración de las sociedades mercantiles Mercado Puerta de Toledo, S.A.; Alcalá Natura 21, S.A.; y Sociedad Pública Turismo de Madrid, S.A., realizarán las actuaciones necesarias a fin de proponer a su Junta General la disolución de las mismas.

El patrimonio de las sociedades mercantiles que se extingan se integrará en la Comunidad de Madrid en la proporción resultante de su participación en las mismas.

2. El Consejo de Administración de la sociedad mercantil Aeropuertos de Madrid, S.A., realizará las actuaciones necesarias a fin de proponer a su Junta General la disolución de la misma.

El patrimonio de Aeropuertos de Madrid, S.A. se integrará en MINTRA, Madrid Infraestructuras del Transporte.

3. Los Consejos de Administración de las sociedades mercantiles Hidroser, Servicios Integrales del Agua, S.A., y Canal Extensia, S.A, realizarán las actuaciones necesarias a fin de proponer a su Junta General la fusión de las mismas mediante la absorción de Hidroser, Servicios Integrales del Agua, S.A., por Canal Extensia, S.A., y la transmisión en bloque de su patrimonio social a esta, que adquirirá los derechos y obligaciones de aquella, manteniendo el personal las mismas condiciones laborales existentes antes de la fusión.

4. Los Consejos de Administración de las sociedades mercantiles Tres Cantos, S.A.; INVICAM, Innovación y Vivienda de la Comunidad de Madrid, S.A., y ARPEGIO, Áreas de Promoción Empresarial, S.A., realizarán las actuaciones necesarias a fin de proponer a sus respectivas Juntas Generales su fusión, en una o sucesivas etapas, de tal manera que resulte de la integración de las mismas una sociedad de nueva creación, con extinción de cada una de las absorbidas y la transmisión en bloque de sus respectivos patrimonios sociales a la nueva sociedad que adquirirá los derechos y obligaciones de aquellas.

5. El Consejo de Administración de la sociedad mercantil Campusde la Justicia, S.A., realizará las actuaciones necesarias a fin de proponer a su Junta General bien la disolución de la misma o bien la fusión con otra de las sociedades mercantiles de la Comunidad de Madrid.

En el supuesto de procedencia de la fusión se producirá la transmisión en bloque de su patrimonio social a la sociedad absorbente, que adquirirá los derechos y obligaciones de aquella.

6. El Consejero de Economía y Hacienda, a solicitud del Consejero al que estén adscritas las sociedades, propondrá al Consejo de Gobierno la autorización de las operaciones señaladas en los apartados anteriores.

7. El personal de las empresas públicas de nueva creación y de las ya existentes del sector público de la Comunidad de Madrid, en el supuesto de quedar incluido en el ámbito del Convenio Colectivo del personal laboral de la misma, lo hará con estricta sujeción a lo establecido en relación con los grupos de clasificación, categorías profesionales y niveles salariales previstos en el mismo.

Lo dispuesto en el párrafo anterior será, asimismo, de aplicación para el resto del sector público de la Comunidad de Madrid.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-12-2010 en vigor desde 01-01-2011