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Da 2 Medidas de dinamización y reactivación de la economía

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D.A. 2ª. Exención de tasas y precios públicos en materia de Educación.

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"Estarán exentos del pago de la cuota de la tasa "T961. Tasa por matrícula en las Escuelas Oficiales de Idiomas" relativa al curso académico 2020-2021 los sujetos pasivos que acrediten la anulación de la matrícula correspondiente al curso académico 2019-2020 a causa del COVID-19.

Asimismo, en relación con el curso académico 2020-2021, estarán exentos del pago de la cuota de los precios públicos por la prestación de servicios académicos correspondientes a las enseñanzas de Régimen Especial de Arte Dramático, Danza, Música, Deportivas y Diseño en centros sostenidos con fondos públicos, los sujetos pasivos que acrediten la renuncia o anulación de la matrícula del curso, asignatura o módulo, en el curso académico 2019-2020, a causa del COVID-19."

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 19-06-2020 en vigor desde 19-06-2020