Da 2 Imp. sobre la Renta de las Pers. Físicas -IRPF-
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»D.A. 2ª.- Exención para los participantes en operaciones internacionales de paz y seguridad.
Vigente
Las cantidades percibidas como consecuencia de las indemnizaciones a que se refiere el Real Decreto-Ley 8/2004, de 5 de noviembre, sobre indemnizaciones a los participantes en operaciones internacionales de paz y seguridad, estarán exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de cualquier impuesto personal que pudiera recaer sobre las mismas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 13-12-2013 en vigor desde 13-12-2013