Da 2 Igualdad
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»D.A. 2ª. Nombramiento de la defensora o defensor para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
Vigente
Dentro de los doce meses siguientes a la entrada en vigor de esta ley, la o el lehendakari procederá a nombrar a la defensora o defensor para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 02-03-2005 en vigor desde 03-03-2005