DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA. Libramiento de fondos a las Cortes.
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Las dotaciones presupuestarias de las Cortes de Castilla y León se librarán por la Consejería de Hacienda sin justificación, en firme y por trimestres anticipados.
Modificaciones
Texto Original. Publicado el 09-05-2006 en vigor desde 29-05-2006