Da 2 General de Hacienda Publica
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»DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA. Gestión económica de los centros docentes no universitarios.
Vigente
La gestión económica de los centros docentes públicos no universitarios se regirá por su normativa específica, y en su caso, por la regulación que establezca el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, resultando de aplicación supletoria las disposiciones de esta Ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-04-2007 en vigor desde 28-08-2007