Da 2 Fomento de las energ...energética

Da 2 Fomento de las energías renovables y del ahorro y eficiencia energética

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA. Adaptación de los planes de ordenación territorial de ámbito subregional.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Cuando el Programa de Fomento de las Energías Renovables o un programa territorial energético afecten, por su contenido, a las determinaciones establecidas en los planes de ordenación del territorio de ámbito subregional, la Consejería competente en materia de energía, en la fase de redacción de los citados programas, comunicará a la Consejería competente en materia de ordenación del territorio aquellas determinaciones que pudieran incidir en los planes subregionales, al objeto de que se informe sobre la procedencia de su modificación o revisión.

En todo caso, la aprobación de los correspondientes programas territoriales energéticos deberá ser simultánea con las modificaciones o revisiones de los planes de ordenación del territorio que procedan, las cuales se tramitarán de conformidad con el procedimiento establecido en la Ley 1/1994, de 11 de enero.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 10-04-2007 en vigor desde 10-07-2007