Da 2 Financiación de las infraestructuras de gestión de los residuos y de los cánones sobre la disposición del desperdicio de los residuos
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»DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA. Incremento de los tipos de gravamen.
Vigente
1. Los tipos de gravamen regulados por la presente ley pueden ser incrementados anualmente mediante la ley de presupuestos.
2. Los tipos de gravamen del canon sobre la deposición controlada e incineración de residuos municipales regulado por el artículo 15 se alcanza gradualmente, en el plazo de cuatro años, de acuerdo con la siguiente tabla:
Año de aplicación | Tipo de gravamen por deposición | Tipo de gravamen por incineración |
2.020 | 47,10 euros/tonelada | 23,60 euros/tonelada |
2.021 | 53,10 euros/tonelada | 26,50 euros/tonelada |
2.022 | 59,10 euros/tonelada | 29,60 euros/tonelada |
2.023 | 65,30 euros/tonelada | 32,70 euros/tonelada |
2.024 | 71,60 euros/tonelada | 35,80 euros/tonelada |
Modificaciones
- Modificación realizada (D.A. 2ª (apdo. 2)) por LEY 5/2020, de 29 de abril, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público y de creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente.
(DOGC de 30-04-2020) en vigor desde 01-05-2020 - Artículo modificado por LEY 5/2017, de 28 de marzo, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público y de creación y regulación de los impuestos sobre grandes establecimientos comerciales, sobre estancias en establecimientos turísticos, sobre elementos radiotóxicos, sobre bebidas azucaradas envasadas y sobre emisiones de dióxido de carbono.
(DOGC de 30-03-2017) en vigor desde 31-03-2017