Da 2 desarrolla la estructura de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
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»D.A. 2ª
Vigente
Cuando se estime conveniente por razones de economía y eficacia, la Presidencia de la Agencia, a propuesta de la Dirección General, podrá habilitar al titular de una Administración de la Agencia o de Aduanas para que desempeñe además las funciones de titular de una Administración de Aduanas o de la Agencia, respectivamente, siempre que en ambos casos la persona así habilitada reúna las condiciones establecidas en la normativa de aplicación para el desempeño de las funciones de las dos Administraciones.
Modificaciones
- Modificación realizada (Articulo historico) por ORDEN EHA/3650/2007, de 11 de diciembre, por la que se modifica la Orden de 2 de junio de 1994, por la que se desarrolla la estructura de la Agencia Estatal de Administracion Tributaria.
(BOE de 15-12-2007) en vigor desde 01-01-2008 - Texto Original. Publicado el 09-06-1994 en vigor desde 01-01-2008