Da 2 Creación del Servicio de Salud
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»D.A. 2ª. Normativa aplicable.
Vigente
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4, la normativa aplicable al Instituto Nacional de la Salud, que se encuentre vigente a la entrada en vigor de la presente Ley, resultará aplicable al Servicio Cántabro de Salud en lo que no se oponga a su Ley de creación o a su Estatuto.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-2001 en vigor desde 01-01-2002