Da 2 Se crea el Registro Integrado Industrial y se aprueba su Reglamento
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»D.A. 2ª. Referencias al Registro de Establecimientos Industriales de Andalucía.
Vigente
Toda reseña que se haga en las disposiciones anteriores a la entrada en vigor del decreto, al «Registro de Establecimientos Industriales de Andalucía», se entenderá realizada al Registro Integrado Industrial de Andalucía».
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 27-04-2016 en vigor desde 28-04-2016