Da 2 Consejo Económico y ... I Balears

Da 2 Consejo Económico y Social de I. Balears

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D.A. 2ª.

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Cuando alguna de las organizaciones representadas en el Consejo Económico y Social sufriera alteración de su representatividad, de conformidad con la normativa en cada caso aplicable, el Consejo Económico y Social adaptará la configuración al nuevo estado en el plazo de dos meses, contados a partir de la acreditación de esta circunstancia.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-12-2000 en vigor desde 10-12-2000