Da 2 Abastecimiento y san...o de aguas

Da 2 Abastecimiento y saneamiento de aguas

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D.A. 2ª.

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El Principado de Asturias podrá establecer acuerdos con la Confederación Hidrográfica del Norte para adecuar la aplicación del canon de vertido regulado en la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas, en los ámbitos que pudieran verse afectados por el régimen económico financiero establecidos en esta Ley, a fin de evitar la duplicidad impositiva.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-02-1994 en vigor desde 17-03-1994