Da 18 Actividad física y deporte de Euskadi
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»D.A. 18ª. Protocolo para la inclusión.
Vigente
En el plazo máximo de dos años desde la entrada en vigor de la presente ley cada federación deportiva vasca elaborará, en colaboración con la Federación Vasca de Deporte Adaptado, un protocolo para la inclusión de deportistas con discapacidad y sus equipos en las federaciones deportivas convencionales.