Da 17 Presupuestos 2019 Galicia
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»D.A. 17ª. Retribuciones adicionales al complemento de destino
Vigente
La retribución adicional al complemento de destino que se establezca en el desarrollo reglamentario contemplado en el apartado Cuarto de la disposición transitoria octava de la Ley 2/2015 de 29 de abril, del empleo público de Galicia, tiene la consideración de una retribución complementaria a efectos de lo previsto en los artículos 18 y 21 de la presente ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-12-2018 en vigor desde 01-01-2019