Da 17 Actividad física y deporte de Euskadi
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»D.A. 17ª. Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Vigente
En el plazo máximo de dos años desde la entrada en vigor de la presente ley se reforzará la estructura del Registro de Entidades Deportivas del País Vasco mediante el incremento de recursos al objeto de garantizar su adecuado funcionamiento.