Da 16 Medidas tributarias... I Balears

Da 16 Medidas tributarias y administrativas 2003 I. Balears

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D.A. 16ª.

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1. A partir de la entrada en vigor de la presente ley, el Parc Natural de la Península de Llevant queda limitado a la extensión de las fincas públicas de Aubarca, Es Verger y s Alqueria Vella propiedad de la comunidad autónoma de las Illes Balears. Se mantienen las reservas naturales de Cap Farrutx y Cap des Freu de acuerdo con la delimitación y régimen jurídico establecido en el Decreto 127/2001, de 9 de noviembre, por el que se declaran el Parc Natural de la Península de Llevant y las reservas naturales de Cap Farrutx y Cap des Freu.

2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior de la presente disposición, los propietarios de fincas privadas incluidas dentro de la delimitación del Parc Natural de Llevant previa a la entrada en vigor de la presente ley, podrán solicitar, voluntariamente, la inclusión de la finca en el ámbito del parque, la cual tendrá lugar mediante convenio subscrito entre el propietario y el Gobierno de las Illes Balears. La firma del convenio y la consiguiente inclusión dentro del ámbito del parque dará derecho a acogerse al programa de ayudas que, en su caso, se apruebe por orden del consejero competente en materia de medio ambiente.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-12-2003 en vigor desde 01-01-2004