Da 16 Medidas 1996 Fiscales, Administrativas y del Orden Social
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»D.A. 16ª.
Vigente
En el plazo de tres meses, el Ministerio de Economía y Hacienda arbitrará las medidas necesarias para ampliar en treinta días el plazo de ingreso de las cuotas del Impuesto sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas, sin perjuicio del plazo de presentación de la liquidación que podrá mantenerse o anticiparse.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-1996 en vigor desde 01-01-1997