Da 16 Estatuto Marco del ...s de salud

Da 16 Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud

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D.A. 16ª. Integración del personal funcionario al servicio de instituciones sanitarias públicas.

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1. Los médicos, practicantes y matronas titulares de los servicios sanitarios locales que presten sus servicios como médicos generales, practicantes y matronas de los servicios de salud, y el resto del personal funcionario sanitario que preste sus servicios en instituciones sanitarias públicas, dispondrán hasta el 31 de diciembre de 2013 para integrarse en los servicios de salud como personal estatutario fijo, sin perjuicio de los derechos consolidados. A tal fin, las comunidades autónomas establecerán los procedimientos oportunos.

2. (Declarado inconstitucional y nulo por Sentencia 183/2016, de 3 de noviembre de 2016).