Da 15 Texto único de prec...ón pública

Da 15 Texto único de preceptos legales vigentes en materia de función pública

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D.A. 15ª. De las delegaciones territoriales de los departamentos.

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En el ámbito de cada delegación territorial del Gobierno puede haber un delegado para cada uno de los departamentos.

Los delegados de cada departamento son cargos de nivel orgánico inferior al de los delegados territoriales del Gobierno y su nombramiento es acordado libremente por el consejero de cada departamento mediante convocatoria pública y por el sistema de libre designación entre funcionarios de carrera; su cese también es libre. Excepcionalmente, por razones técnicas, funcionales o territoriales, el Gobierno puede determinar que los citados cargos tengan carácter de autoridad, con el susodicho rango.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-11-1997 en vigor desde 20-11-1997