Da 143 2018 PGE
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D.A. 143ª. Plazo de vigencia de determinados convenios de colaboración.

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Se autoriza a la Administración General del Estado a celebrar los siguientes convenios con la Comunidad Autónoma de Canarias sobrepasando los límites temporales establecidos en el artículo 49 de la Ley 40/2015, de 2 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público:

1. Convenio en materia de carreteras, con una duración de seis años para su ejecución y 3 años para la liquidación.

2. Convenio para la ejecución de las sentencias del Tribunal Supremo relativas a la ejecución del convenio entre la Administración General del Estado y el Gobierno de Canarias de carreteras de 31 de enero de 2006, modificado por adenda de 17 de noviembre de 2009 y 29 de diciembre de 2017, con una duración de 8 años.

3. Adenda al Convenio entre la Administración General del Estado y el Gobierno de Canarias de carreteras de 31 de enero de 2006, modificado por adenda de 17 de noviembre de 2009 y 29 de diciembre de 2017 para prorrogar su vigencia hasta 31 de diciembre de 2021.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 04-07-2018 en vigor desde 05-07-2018