Da 14 Patrimonio de Galicia -Parcialmente derogada-
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»DISPOSICIÓN ADICIONAL DECIMOCUARTA. Declaración de utilidad pública
Vigente
A efectos de lo previsto en el artículo 9 de la Ley de expropiación forzosa, se declaran de utilidad pública las obras necesarias para la construcción y rehabilitación de los edificios administrativos, tal y como se definen en el artículo 96 de la presente ley, que dependan de la Comunidad Autónoma en su ámbito territorial.
Modificaciones
- Modificación realizada (D.A. 14ª, se añade) por LEY 14/2013, de 26 de diciembre, de racionalización del sector público autonómico.
(DOGA de 27-01-2014) en vigor desde 16-02-2014 - Texto Original. Publicado el 24-10-2011 en vigor desde 16-02-2014