Da 14 Medidas fiscales y administrativas 2001 de Cataluña
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»D.A. 14ª. Afectación de ingresos.
Vigente
Los ingresos de derecho público no tributario que se deriven del ejercicio de la potestad sancionadora de los órganos de la Administración de la Generalidad y de los entes que dependen de la misma se afectan, en los términos y las condiciones que establezca el consejero o consejera de Economía y Finanzas, al financiamiento de los servicios que ejerzan aquella potestad.
Quedan excluidos los expedientes sancionadores propios del ámbito tributario, así como los que tramita el Servicio Catalán del Tráfico.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-2001 en vigor desde 01-01-2002