Da 14 Función pública vasca -Derogada-
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»DISPOSICIÓN ADICIONAL DECIMOCUARTA.
Vigente
La aplicación de la presente Ley a los funcionarios con habilitación de carácter nacional se entenderá referida a los aspectos dimanantes de su relación orgánica con la corporación respectiva, y sin perjuicio y a reserva de las normas específicas que les fuera de aplicación en los extremos derivados de su relación de servicio con la Administración del Estado.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-07-1989 en vigor desde 29-07-1989