Da 13 TR Ley de la función pública

Da 13 TR. Ley de la función pública

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D.A. 13ª.- Reclamaciones en materia de retribuciones.

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Las solicitudes y/o reclamaciones que formulen los empleados públicos en materia de retribuciones serán resueltas por el titular de la Consejería competente en materia de función pública en el plazo de tres meses a contar desde la entrada de las mismas en la citada Consejería, a excepción de aquellas correspondientes a los ámbitos docente y sanitario siempre que no tengan repercusión en otros ámbitos de la Administración regional de los que se pudieran derivar una extensión de efectos o afecten al sistema retributivo en su conjunto. En todo caso, transcurrido dicho plazo sin resolución expresa se entenderá desestimada.

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