Da 12 Régimen Local

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D.A. 12ª.

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La Junta de Castilla y León elaborará en el plazo de un año una relación de municipios, a que se refiere el artículo 79 de esta Ley, y de las mancomunidades de interés comunitario.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-06-1998 en vigor desde 12-06-1998