Da 12 Presupuestos 2021 Asturias

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D.A. 12ª. Junta de Saneamiento

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1. Se suprime la Junta de Saneamiento, organismo autónomo creado por la Ley del Principado de Asturias 1/1994, de 21 de febrero, sobre Abastecimiento y Saneamiento de Aguas, con efectos anteriores, en todo caso, al 31 de diciembre de 2021.

2. Las funciones desarrolladas por la Junta de Saneamiento pasarán a ser desempeñadas por la Administración del Principado de Asturias, a través de la Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático.

3. La Administración del Principado de Asturias, a través de la Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático, queda subrogada en todas las relaciones jurídicas establecidas por la Junta de Saneamiento con terceros, incluidas las derivadas de convenios y contratos, así como en la titularidad de los derechos, facultades y obligaciones del organismo suprimido.

4. Los bienes y derechos propios que, en su caso, integren el patrimonio de la Junta de Saneamiento se incorporarán al patrimonio de la Administración del Principado de Asturias.

5. La situación del personal adscrito al organismo se regirá por la normativa que resulte de aplicación según su naturaleza jurídica.

6. Por los órganos competentes de la Administración del Principado de Asturias se llevarán a cabo las actuaciones y operaciones que sean precisas para el cumplimiento de lo previsto en la presente disposición.

7. Toda mención a la Junta de Saneamiento que figure en el ordenamiento jurídico, planes y programas deberá entenderse realizada a la Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2020 en vigor desde 01-01-2021