Da 12 Presupuestos 2020 Canarias

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D.A. 12ª. Indemnizaciones por razón del servicio de los miembros del Cuerpo General de la Policía Canaria.

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1. En relación con los miembros del Cuerpo General de la Policía Canaria, se considerarán comisiones de servicio con derecho a indemnización las que se realicen fuera de la isla en la que tengan su base o centro operativo.

2. El abono de las indemnizaciones derivadas de la prestación de servicios encomendados al Cuerpo General de la Policía Canaria, de conformidad con el Reglamento de indemnizaciones por razón del servicio, aprobado por el Decreto 251/1997, de 30 de septiembre, corresponderá al departamento, organismo autónomo o ente público, vinculado o dependiente de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias que los haya requerido.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2019 en vigor desde 01-01-2020