Da 12 Presupuestos 2014 Catalunya

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D.A. 12ª. Plan Serra Húnter

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1. De acuerdo con las competencias de la Generalidad en materia de universidades, establecidas por el artículo 172 del Estatuto de autonomía, y al efecto de garantizar las políticas propias relativas al personal docente e investigador de las universidades públicas de Cataluña, la reposición de efectivos para el año 2014 se efectuará mayoritariamente en el marco de la contratación de personal académico de excelencia del Plan Serra Húnter, en el que participan todas las universidades públicas.

2. La autorización de las convocatorias corresponde al departamento competente en materia de universidades, a petición de la universidad, y previa acreditación de que la oferta de los contratos no afecta al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria establecidos para la universidad correspondiente, ni de otros límites fijados por la Ley orgánica 2/2012, de 27 de abril, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. La convocatoria de contratos debe efectuarse respetando el límite porcentual de la tasa de reposición aplicable en 2014 a las universidades.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-01-2014 en vigor desde 31-01-2014