Da 12 Patrimonio de Aragón -Derogada-
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D.A. 12ª.- Bienes informáticos.

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Reglamentariamente se regularán las especialidades del régimen jurídico patrimonial de los bienes muebles de los sistemas de telecomunicaciones y del hardware y del software informáticos de la Administración de la Comunidad Autónoma y de sus organismos públicos. El correspondiente decreto será aprobado a propuesta conjunta de los consejeros competentes en materia de patrimonio y de telecomunicaciones e informática.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 21-03-2011 en vigor desde 21-06-2011