Da 12 Desarrollo de la estructura orgánica básica del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
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»D.A. 12ª. Delegación de competencias entre órganos del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y la Presidencia del Gobierno.
Vigente
A los solos efectos de la aprobación o la aceptación de la delegación de competencias entre órganos del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, y la Presidencia del Gobierno, prevista en el artículo 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, será órgano competente la persona titular de dicho departamento. Tanto una como otra se entenderán prestadas con la aprobación de la correspondiente orden de delegación.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-02-2024 en vigor desde 28-02-2024