D.A. 11ª. Régimen aplicable al control preventivo de los Proyectos de Interés Autonómico
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Vigente
La admisión a trámite, por parte de la conselleria competente en materia de ordenación del territorio y urbanismo, de una iniciativa, como Proyecto de Interés Autonómico, supondrá su sometimiento al régimen establecido en el título II de esta ley para autorizaciones ambientales integradas con despacho preferente y trámite de urgencia.
Modificaciones
- Modificación realizada (D.A. 11ª (se añade)) por DECRETO LEY 7/2024, de 9 de julio, del Consell, de simplificación administrativa de la Generalitat.
(DOGV de 10-07-2024) en vigor desde 11-07-2024 - Texto Original. Publicado el 31-07-2014 en vigor desde 11-07-2024