Da 11 Presupuestos 2012 Canarias

Da 11 Presupuestos 2012 Canarias

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.A. 11ª.- Financiación específica.

Vigente

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min


1. Dado que, de la liquidación definitiva de la financiación de las competencias transferidas a los cabildos insulares, correspondiente al ejercicio 2009, deriva un saldo negativo, esta deuda se cancelará en el plazo máximo de cinco años a partir de enero de 2012.

La cancelación se realizará mediante compensación en el importe que cada cabildo insular reciba al inicio de cada trimestre en concepto de competencias transferidas.

2. Durante el ejercicio 2012, los créditos consignados en el programa 942D "Otras transferencias a Corporaciones Locales", que el Gobierno de Canarias destina a las entidades locales como consecuencia de la reducción de la compensación al Estado por la supresión del Impuesto General de Tráfico de Empresas, se librarán a cada cabildo insular con carácter genérico, al inicio de cada trimestre.

3. Durante el ejercicio 2012, los créditos consignados en el programa 942D "Otras transferencias a Corporaciones Locales" destinados a financiar la capitalidad compartida de Canarias, de las ciudades de Las Palmas de Gran Canaria y de Santa Cruz de Tenerife, se librarán a cada ciudad con carácter genérico, al inicio de cada trimestre.

4. Durante el ejercicio 2012, los créditos consignados en el programa 942E "Otras transferencias a Cabildos" que el Gobierno de Canarias destina a los cabildos insulares como consecuencia de la liquidación definitiva de la mejora del sistema de financiación de la Comunidad Autónoma de 2009 repercutida en los mismos, se librarán a cada cabildo insular en el primer trimestre de 2012.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2011 en vigor desde 01-01-2012