Da 11 Medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola
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»D.A. 11ª. Excepción, en los ejercicios 2021 y 2022, a la reducción de la ayuda a la reestructuración y reconversión de viñedos cuando las operaciones no se ejecutan en la superficie total para la que se haya solicitado la ayuda.
Vigente
(NOTA: Disposición aplicable desde el 15 de octubre de 2021)
Para los ejercicios FEAGA 2021 y 2022, no serán de aplicación las reducciones de la ayuda a las que se hace referencia en el artículo 39.4 del Real Decreto 5/2018, de 12 de enero, y del Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre en casos debidamente justificados relacionados con la pandemia de COVID-19. La ayuda se pagará sobre la base de la superficie determinada por los controles sobre el terreno previos al pago final.
Modificaciones
- Modificación realizada (D.A. 11ª) por Real Decreto 112/2022, de 8 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español.
(BOE de 09-02-2022) en vigor desde 10-02-2022 - Modificación realizada (D.A. 11ª) por Real Decreto 283/2021, de 20 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español.
(BOE de 21-04-2021) en vigor desde 22-04-2021 - Artículo modificado por Real Decreto 558/2020, de 9 de junio, por el que se modifican distintos reales decretos que establecen normativa básica de desarrollo de reglamentos de la Unión Europea en materia de frutas y hortalizas y vitivinicultura.
(BOE de 10-06-2020) en vigor desde 11-06-2020