D.A. 11ª. Formación en lengua catalana para el personal director o monitor que no ha cursado la educación secundaria obligatoria en un territorio de habla catalana
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Vigente
Las administraciones públicas de las Illes Balears promoverán cursos de lengua catalana y actitudes positivas que favorezcan su uso, así como de sus modalidades lingüísticas, del conocimiento de la cultura y el medio propios de las Illes Balears, entre aquel personal director o monitor de actividades de tiempo libre educativo infantil y juvenil que no haya cursado la educación secundaria obligatoria en un territorio de habla catalana.
Modificaciones
- Modificación realizada (D.A. 11ª (se añade)) por Ley 10/2022, de 23 de diciembre, del tiempo libre educativo para la infancia y la juventud de las Illes Balears
(BOIB de 29-12-2022) en vigor desde 29-01-2023 - Texto Original. Publicado el 07-07-2018 en vigor desde 29-01-2023