Da 11 2023 PGE

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D.A. 11ª. Porcentaje de afectación a fines de los recursos obtenidos por la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos.

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Con vigencia exclusiva para el año 2023, se establece que el porcentaje objeto de afectación a los fines señalados en el apartado 3 de la disposición adicional sexta de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y desarrollados en el artículo 2 del Real Decreto 948/2015, de 23 de octubre, por el que se regula la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos, será del 50 por ciento de los recursos obtenidos por la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 24-12-2022 en vigor desde 01-01-2023