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Da 10 Presupuestos Generales para 2022 de Canarias

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D.A. 10ª. Anticipos reintegrables al personal.

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El personal al servicio del sector público con presupuesto limitativo tendrá derecho a percibir, como anticipo, el importe de hasta tres mensualidades íntegras de sus retribuciones fijas y periódicas, hasta un máximo de 7.000 euros, amortizándose este a partir del mes siguiente de su concesión y en un plazo máximo de treinta y seis meses, y en todo caso dentro del plazo previsto para su cese, en el supuesto de nombramientos con un periodo de duración determinado. Aquellos que tengan ingresos inferiores a 20.000 euros al año podrán solicitar hasta seis mensualidades, hasta una cantidad máxima de 7.500 euros y con un plazo máximo de amortización de treinta y seis mensualidades.

El personal docente no universitario también tendrá este derecho. La Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes dictará las condiciones a las que habrá de ajustarse el reconocimiento del mismo.

La Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad dictará las normas necesarias para la ejecución de lo establecido en este precepto.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2021 en vigor desde 01-01-2022