D.A. 10ª. Protección de datos de carácter personal
D.A. 10ª. Protección de datos de carácter personal
1. Los tratamientos de datos de carácter personal derivados de la coordinación y financiación de la atención primaria de servicios sociales se regirán por lo dispuesto en el Reglamento 2016/679/UE, de 27 de abril, de protección de las personas físicas (Reglamento General de protección de Datos o RGPD) y en la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
2. Tanto las entidades locales como la conselleria competente en materia de servicios sociales tendrán la consideración de responsables del tratamiento en relación con el ejercicio de las funciones y competencias atribuidas a cada una de ellas.
3. Las comunicaciones de datos que se realicen como consecuencia de la colaboración entre administraciones públicas, se realizarán con fundamento en la Ley 3/2019, de 18 de febrero, de Servicios Sociales Inclusivos de la Comunitat Valenciana.
- Modificación realizada (D.A. 10ª (se añade)) por DECRETO 188/2021, de 26 de noviembre, del Consell, de modificación del Decreto 181/2017, de 17 de noviembre, del Consell, por el que se desarrolla la acción concertada para la prestación de servicios sociales en el ámbito de la Comunitat Valenciana por entidades de iniciativa social; del Decreto 59/2019, de 12 de abril, del Consell, de ordenación del sistema público valenciano de servicios sociales; del Decreto 38/2020, de 20 de marzo, del Consell, de coordinación y financiación de la atención primaria de servicios sociales; y del Decreto 34/2021, de 26 de febrero, del Consell, de regulación del Mapa de Servicios Sociales de la Comunitat Valenciana. [2021/12707]
(DOGV de 20-12-2021) en vigor desde 21-12-2021 - Texto Original. Publicado el 06-05-2020 en vigor desde 21-12-2021