Da 10 Catálogo de Espectá...s Públicos

Da 10 Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos

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D.A. 10ª. Evaluación normativa.

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1. En el plazo de treinta meses desde la entrada en vigor del presente Decreto, la Consejería competente en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas revisará los resultados de la aplicación de la citada norma, para evaluar la realización de los principios de buena regulación y la consecución de los objetivos previstos en la misma.

2. En el procedimiento de evaluación se analizará, en particular, la incidencia que el Decreto haya podido tener sobre cuestiones medioambientales en general y respecto de la contaminación acústica en particular y las posibles violaciones de derechos sobrevenidas como consecuencia de las mismas. Para ello se recabará la opinión de los sectores económicos y sociales afectados y de las Administraciones Públicas implicadas, sin perjuicio de la aplicación de otros métodos o técnicas que se consideren adecuados.

3. El resultado de la evaluación se plasmará en un informe que se hará público.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-08-2018 en vigor desde 04-08-2018