Da 1 Turismo de C León -Derogada-
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D.A. 1ª.

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Se faculta a la Junta de Castilla y León para adecuar periódicamente la cuantía de las multas contenidas en la presente Ley, en función de la evolución del índice de precios al consumo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-12-1997 en vigor desde 18-01-1998