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D.A. 1ª. Reclamaciones económico-administrativas en otras materias.

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Podrá interponerse reclamación económico-administrativa contra actos en relación con el reconocimiento o la liquidación por la consejería competente en materia de Hacienda de obligaciones de la Tesorería de la Comunidad Autónoma de Canarias y las cuestiones relacionadas con las operaciones de pago por los órganos de la citada consejería con cargo al Tesoro.

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  • Texto Original. Publicado el 18-12-2006 en vigor desde 18-03-2007