Da 1 Servicios sociales de Galicia
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»D.A. 1ª. Habilitación para la dotación de medios materiales.
Vigente
Se faculta al Consejo de la Xunta de Galicia para que, dentro del ejercicio presupuestario en el que entre en vigor la presente ley, y previo informe de la Consejería de Economía y Hacienda, habilite los créditos necesarios para la dotación de los medios materiales precisos a la Agencia Gallega de Servicios Sociales para su puesta en funcionamiento y el cumplimiento de sus funciones.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 18-12-2008 en vigor desde 18-03-2009