Da 1 Se regula el Consejo Valenciano de Cooperación al Desarrollo
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»D.A. 1ª. Constitución del Consejo Valenciano de Cooperación
Vigente
El Consejo Valenciano de Cooperación al Desarrollo se constituirá en el plazo de dos meses desde la publicación del presente decreto en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 22-06-2016 en vigor desde 23-06-2016