Da 1 Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación de Navarra
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»D.A. 1ª.-Deberes de facturación en otros ámbitos.
Vigente
Lo dispuesto en este Reglamento ha de entenderse sin perjuicio de cuantos otros deberes sean además exigidos en cuanto a la expedición, entrega y conservación de la factura o documento análogo por parte de los empresarios y profesionales en el ámbito mercantil, financiero y asegurador, del régimen de sus actividades profesionales, en materia de subvenciones o ayudas públicas o a efectos de la defensa de los consumidores y usuarios.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 03-05-2013 en vigor desde 03-05-2013