Da 1 Reglamento de gestió...ributarios

Da 1 Reglamento de gestión tributaria y de desarrollo de las normas comunes sobre actuaciones y procedimientos tributarios

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D.A. 1ª. Convenios de colaboración suscritos con anterioridad a la entrada en vigor de este reglamento.

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1. Los sujetos de la colaboración social en la gestión de los tributos que en la fecha de entrada en vigor de este reglamento tengan suscritos acuerdos o convenios de colaboración o adendas a los mismos para la presentación telemática de autoliquidaciones, declaraciones u otros documentos tributarios ante el Departamento de Hacienda y Finanzas podrán continuar prestando su colaboración con arreglo a los citados acuerdos, siempre que se ajusten a lo dispuesto en este reglamento y en su normativa de desarrollo.

2. Cuando se establezcan nuevas vías de colaboración social en la gestión de los tributos, los colaboradores sociales a los que se refiere el apartado anterior podrán extender su colaboración conforme a los acuerdos ya suscritos y sus adendas, siempre que se ajusten a lo dispuesto en este reglamento y en la normativa que regule las nuevas vías de colaboración.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-04-2020 en vigor desde 27-05-2020