Da 1 Reglamento del Consejo de Ordenación del Territorio
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»D.A. 1ª. Referencias de género.
Vigente
Las menciones genéricas en masculino que aparecen en el articulado del presente Decreto y del Reglamento que se incorpora como Anexo, se entenderán referidas también a su correspondiente femenino.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 20-07-2010 en vigor desde 21-07-2010